En orden a los razonamientos expuestos éste Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la co- accionada Expresos del Mar, C. A.
Se declara: INADMISIBLE LA PRETENSION que por Calificación de Despido incoare el ciudadano ASISCLO ABRAHAM POLANCO BORGES, contra las sociedades de comercio: EXPRESOS DEL MAR, C. A., SERDENCOMAR, C. A., y SERVIENCOMAR, C. A.
Se REVOCA la Sentencia recurrida
No hay condena en costas dada la naturaleza del fallo.
Esta decisión deja a salvo eventuales derechos que pudieran corresponderle al actor.
Remítase el presente expediente al Juzgado A Quo.