DESISTIDO EL RECURSO DE APELACION, ejercido por la parte accionada contra la decisión dictada en fecha 09 de Diciembre del año 2005, dictada por el Juzgado Primero de Primera de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Queda en estos términos CONFIRMADA la sentencia recurrida.
S condena a la parte apelante, que lo es la accionada, de las COSTAS de esta instancia, por efecto del desistimiento del recurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.