En orden a los razonamientos expuestos éste Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara:
• PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión incoada por el ciudadano LEONARDO ANTONIO ROJAS, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Número: 12.037.605, contra la Sociedad Mercantil PRESTACION DE SERVICIOS Y LABORES, COMPAÑÍA ANONIMA., (PRESERVILABOR, C. A.), y la condena a pagar las siguientes cantidades y conceptos:
I.- Daño Moral la cantidad de Bs. 8.000.000,00, monto que se acuerda pagar para lo cual:
Este Tribunal siguiendo las indicaciones contenidas en sentencia de fecha 14 de marzo del año 2006 con ponencia del Magistrado Juan Rafael Perdomo, respecto a la corrección monetaria del daño moral que a la letra se expone:
“….La Ley Orgánica Procesal del Trabajo en su.....