En orden a los razonamientos expuestos éste Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
DESISTIDO EL RECURSO DE APELACION, ejercido por la parte co-accionada VIGILANTES 24, C.A. contra la decisión de fecha 16 de Junio del año 2006, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Se condena en costas a la parte recurrente, de conformidad con lo señalado en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.