En virtud de lo anterior este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE la aclaratoria de la sentencia dictada en fecha 28 de mayo del año 2009, por cuanto, -repito- lo que se pretende es la reforma o modificación de la sentencia proferida.