DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte accionada.
Se repone la causa al estado que el Juez de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, decida el recurso de reclamo, debiendo acogerse a lo expuesto en el presente fallo, determinado con claridad los motivos de hecho y de derecho que sirven de fundamento para la determinación del quantum condenatorio.
Se REVOCA el auto recurrido.
No hay condena en costas dada la naturaleza del fallo proferido.
Notifíquese la presente decisión al Juzgado A-quo.