Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano ARGENIS EDUARDO REA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.384.394, representado por la abogada en ejercicio Omaira Añez Tremont inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 1831 contra las empresas REPRESENTACIONES GONCALVES C.A. y REPUESTOS GONCALVES, C.A. , representadas por los abogados en ejercicio MARCOS LÓPEZ ROMERO y ARLINES RODRIGUEZ, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 51.126 y 54392, respectivamente.