Por todas las evidencias y razones aquí expuestas, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que por motivo de Cobro de Prestaciones Sociales fue interpuesta por el ciudadano CARLOS GARCÍA, titular de la cédula de identidad número 6.847.577 y de este domicilio en contra de la empresa la empresa BANCO PROVINCIAL S. A. BANCO UNIVERSAL, antes identificado; Y en consecuencia
1. Se ordena a la empresa la empresa BANCO PROVINCIAL S. A. BANCO UNIVERSAL que le pague al ciudadano CARLOS GARCÍA antes identificado la cantidad de QUINCE MILLONES TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE BOLIVARES (Bs15.038.769), por concepto pago de prestaciones sociales.
2. Se acuerda la corrección monetaria de la suma correspondida, desde la fecha de notificación de la parte dema.....