"...este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando en Sede Constitucional y Contencioso Administrativo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE la declaratoria de inadmisibilidad de la acción de amparo interpuesta, solicitada por la empresa ENVASES SOPLADOS DEL CENTRO, C.A.; y SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud de AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por el ciudadano ALEXIS ANTONIO HERNANDEZ LIRA, titular de la cédula de identidad Nº 17.258.787 contra la empresa ENVASES SOPLADOS DEL CENTRO, C.A..."