"...éste JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: procedente la solicitud de aclaratoria de la sentencia, de fecha 2 de junio de 2017, solicitada por la abogada LEGNA GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 44.214, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, por lo cual debe tenerse como parte integrante de la sentencia la presente aclaratoria..."