y en atención a las circunstancias particulares del presente caso, no existe a juicio de esta sentenciadora –sin que esto prejuzgue sobre el fondo del asunto- un riesgo manifiesto conforme al cual, la situación denunciada como infringida se haga irreparable con la sentencia definitiva y que amerite la utilización de los poderes cautelares, por lo que deben ser declaradas improcedentes. Y ASI SE DECLARA.