En orden a los razonamientos antes expuesto éste Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara LA FALTA DE JURISDICCIÓN FRENTE A LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA. Notifíquese a las partes. Lìbrese Oficio y Remítase a la Sala Político Administrativo.