este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando en Sede Constitucional y Contencioso Administrativo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por el ciudadano JOSÈ BALBINO HERNANDEZ LEAL, titular de la cédula de identidad no. 3.998.865 contra la empresa ASOCIACIÒN CIVIL UNIÒN DE CONDUCTORES SUR DE VALENCIA, y se ordena a la empresa accionada, restituir la situación jurídica infringida mediante el cabal e inmediato acatamiento de la Providencia Administrativa No. 0540 del 11 de Octubre de 2011 dictada en el expediente administrativo 069-2011-01-01033 llevado por la Inspectoría del Trabajo del Municipio Valencia, Parroquias La Candelaria, El Socorro, Miguel Peña y Santa Rosa, Municipio Libertador, Bejuma, Montalban, Miranda y Carlos Arvelo, del Estado Carabobo, mediante la cual se declara .....