DECISION
En orden a los razonamiento antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrado justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la acción incoada por el ciudadano ABELARDO JESUS GRATEROL, contra la sociedad de comercio ¿VENEPAL¿ C.A.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la acción propuesta.
PUBLIQUESE. REGISTRESE, Y DEJESE COPIA.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia a los siete (07) días del mes de Octubre del año 2004 y publicada a los quince (15) días del mes de Octubre del año 2004. Año 194° de la Independencia y 145° de la federación.