Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela Y por Autoridad de la Ley DECLARA PRIMERO: SIN LUGAR, la pretensión de la parte actora. SEGUNDO: CON LUGAR la defensa perentoria de fondo de la Prescripción, opuesta por la representante de la parte demanda. En el juicio incoado por el ciudadano, HENRY AGUILAR GONZALEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V- 8.842.906, representado por la abogada en ejercicio CELENE ALFONZO DE MUJICA, inscrita en el I.P.S.A bajo el numero 17.627, contra la empresa C. A. DANAVEN DIVISION PERFECT CIRCLE PISTONES, representada por la abogada por MARIA ELENA CARVALLO GARCIA, inscrita en el instituto de previsión del abogado bajo el Nro. 13.620.