DECISIÓN
En orden a los razonamientos expuestos y vista que la accionada no logró desvirtuar totalmente lo alegado por el reclamante éste Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano MARCO ANTONIO DI BELLA GARCIA contra las Sociedades de Comercio ¿GRUPO EMPRESARIAL FUNG¿, C.A., ¿MULTITIENDAS REGIONAL¿, C.A. y ¿BAZAR FUNG Y HUNG TRES,¿ C.A., y condena a estas a cancelar la cantidad de UN MILLON NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS BOLIVARES CON SETENTA Y SEIS CENTIMOS (1.957.952,76)
Se ordena el pago de los intereses generados por la prestación de antigüedad ...
Se ordena la corrección monetaria de la suma debida, ...
No hay condena en costas por no haber vencimiento total.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
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