En orden a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano JORGE EDUARDO CEBALLO NIEVES, ALFONZO ANTONIO LUCENA, RAMON EDUARDO RODRIGUEZ, DANNI HIDALGO, JOSE LUIS HIDALGO MANAURE contra la Empresa C.A. GOOD YEAR DE VENEZUELA
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del JUZGADO PRIMERO DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. En Valencia, a los VEINTICINCO (25) días del mes Marzo de 2011.
LA JUEZA.
CAROLA DE LA TRINIDAD RANGEL. LA SECRETARIA.
H.D.D
En la mis.....