En orden a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano RAYMER NIBALDO MOLINA CASTILLO contra la sociedad de comercio C.C. MACUTO I,C.A, en consecuencia se condena a la demandada a pagar al actor, la cantidad de CUARENTA Y UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO BOLIVARES CON OCHO CENTIMOS (Bs.41.974, 08).