VII
DECISION
En orden a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR LA DEMANDA incoada por el ciudadano ANGEL PALACIOS contra la sociedad mercantil CERAMICA CARABOBO S.A.C.A, ambas partes suficientemente identificadas en el cuerpo de la presente decisión.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del JUZGADO PRIMERO DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. En Valencia, a los trece (13) días del mes de Febrero del año 2012.- Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
LA JUEZA,
CAROLA DE LA TRINIDAD RANGEL
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