Este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la pretensión incoada por el ciudadano: CARLOS JOSE HERRERA, titular de la cedula de identidad N° 7.079.343, en contra de MOVIL SALUD C.A., y en consecuencia se condena a pagar la cantidad de (Bs. F.6.236,00).