El Juez de este Tribunal, visto el desistimiento planteado por el ciudadano DOUGLAS JOSE GRANADILLO HERNANDEZ, en aras de garantizar el derecho constitucional a la tutela judicial efectiva, consagrado en el Articulo 26 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y en virtud a la irrenunciabilidad, de los derechos Laborales, establecidos en el articulo 5 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, concatenado con lo establecido en el articulo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Las Trabajadoras y Los Trabajadores, se ABSTIENE de homologar el desistimiento de la acción en los términos solicitado.
En consecuencia, este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, HOMOLOGA SOLO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, solo en lo que respecta al ciudadano DOUGLAS JOSE GRANADILLO HERNANDEZ, dándole efectos de Cosa Juzgada, dándole continuidad a la presente causa con relació.....