El Tribunal de la causa, con vista a la transacción suscrita por las partes y verificado el pago realizado, por no ser contrario a derecho y no violar precepto legal alguno, es por lo que este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, lo homologa en los términos acordado por las partes, dándole efecto de cosa Juzgada. Se ordena librar oficio a los fines del cierre del expediente y su custodia al archivo.