Bajo este colorario, y dado que efectivamente de un simple cómputo del calendario judicial, se evidencia, que desde el momento en el cual se acordó el llamamiento de terceros promovido por la demandada de autos, siendo el 11/01/2016, a la actualidad, han transcurrido con creces más de noventa (90) días continuos, sin haberse impulsado la causa por la parte accionada y materializado la notificación del tercero llamado ciudadana SONIA COROMOTO ALCALA, CI. 7.133.514, máxime, si por un lado se evidencia que ha sido el actor quien a solicitados la continuación del presente asunto, y hasta la presente fecha, la parte demandada no ha comparecido tal y como se observa en autos a impulsar la tercería propuesta, consignando la dirección para la notificación del tercero cuyo llamamiento solicitó, así como, tampoco ha realizado hasta la fecha ninguna otra diligencia o actuación relacionada con dicho tramite, situación procesal que para este Tribunal resulta forzoso, proceder a DEJAR SIN EFECTO EL .....