Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: La Inadmisibilidad de la demanda presentada por los ciudadanos ALEMBERT JOSE ABREU TOVAR, FREDERICK JESUS FAGUNDEZ AGRINZONES, LUIS ALBERTO SANCHEZ, de nacionalidad Venezolana, mayor de edades, titular de la cédula de identidad Nº 17.275.452, 15.255.243, 13.780.851, respectivamente por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, DEMAS BENEFICIOS LABORALES Y OTROS, contra la Entidad de Trabajo GENERAL MOTORS VENEZOLANA, C.A. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese y Regístrese. Déjese copia certificada por Secretaria del presente fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Dada, firmada y sellada en la Sala de Desp.....