. En este estado la Juez que preside el acto interviene y expone: Visto que la presente conciliación es el producto de la mediación como mecanismo válido para la solución de conflictos y siendo que los mismos se corresponden con los criterios jurisprudenciales del Tribunal Supremo de Justicia, y siendo que los mismos no vulneran derechos ni normas de orden público Este tribunal Quinto de Primera Instancia de Conciliación Mediación y Ejecución HOMOLOGA EL ACUERDO ENTRE PARTES y le confiere al mismo FUERZA DE COSA JUZGADA.
La Juez
Abg. NORIS B GODOY VILLEGAS
LA DEMANDADA EL DEMANDANTE
LA SECRETARIA
ABGA: MAYELA DIAZ.