Por ultimo, aunque no menos importante, el articulo 2 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece los principios rectores del procedimiento laboral, instituyendo lo siguiente: "El juez orientara su actuación en los principios de uniformidad, brevedad, oralidad, publicidad, gratuidad, celeridad, inmediatez, concentración, prioridad de los hechos y equidad", en sintonía con lo dispuesto en el citado articulo constitucional, atendiendo a la primacía de la Constitución Nacional y de la ley rige la actividad procesal en materia laboral, tal como es la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; resulta forzoso para este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, DECLARAR EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA SIN LUGAR LA IMPUGNACION DEL PODER, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y los artículos 2, 46 y 47 de la Ley Or.....