En virtud de lo precedentemente expuesto, Juzgado Cuarto de Primera instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, 1º) HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano SANTOS ELIAS GARCIA CORONADO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.116.345, y la sociedad mercantil CONSTRUCTORA LN 28, C.A., en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada 2º) ORDENA a la secretaria los trámites procesales correspondientes para el archivo del presente expediente.
EL JUEZ
ABG: KYBELE CHIRINOS
LA PARTE ACTORA
ABOGADO QUE LO ASISTE
LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA