este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo , haciendo uso de la facultad que le otorga el artículo 137 eiusdem, decreta MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre los bienes propiedad de la demandada la Empresa SERENOS RESPONSABLES SERECA, C.A., medida que ha sido limitada según las facultades conferidas por la Ley en la suma de BOLIVARES OCHENTA MIL (Bs. 80.000,00). En consecuencia la medida preventiva de embargo es por la cantidad de BOLIVARES CIENTO SESENTA MIL (Bs. 160.000,00), que comprende el doble de la suma que ha sido limitada la medida, todo esto a los fines de evitar que quede ilusoria la pretensión del demandante.
TERCERO: Asimismo este Tribunal establece, que en el caso de que se proceda a embargar cantidades líquidas de dinero, el mismo será por el monto de la medida preventiva de embargo limitada, el cual alcanza a la cantidad de BOLIVARES OCHENTA MIL (Bs. 80.000,00) y si son Bienes muebles o inmuebles pertenecientes a la dem.....