Por las consideraciones antes expuestas, y al haber transcurrido más de un (01) año sin actividad procesal, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley declara: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la causa incoada por los ciudadanos: MOISES ALEXANDER OJEDA, JUAN RAMON PAEZ MANRRIQUE, TARSICIO RAMON ORTEGA, VICTOR MANUEL RAMO MOLINA, FREDDY JOSE ESCORIHUELA RODRIGUEZ, ENRIQUE ARTURO OROZCO GUTIERREZ, NALSON CHIRINO CHIRINOS, JUAN RAMON LEAL LEAL, contra CONSTRUCCIONES E INSPECCIONES Y PROYECTOS CONSINSP, C.A., todo de conformidad con lo establecido en el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; Y así se establece.-