este Tribunal presume la admisión de los hechos alegados por la demandante; en consecuencia, pasa a dictar en forma oral el Dispositivo del Fallo, declarando que, revisada como ha sido la solicitud de Calificación de Despido incoada por la ciudadana MARIA ISABEL SKIBOLA, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCION INTENTADA; en consecuencia se tiene como Injustificado el Despido de la demandante y se condena a la parte demandada CALZADOS SICURA, C.A. y DISTRIBUIDORA OSOROMA, C.A., a reenganchar de inmediato a la trabajadora MARIA ISABEL SKIBOLA a sus labores habituales que venía desempeñando ante de la ruptura de la relación de trabajo, que dio inicio a este procedimiento. Asimismo, El patrono deberá cancelarle, previo al reenganche, los salarios caídos dejados de percibir desde la fecha de la materialización del despido, que fue e.....