Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA ACCION INTENTADA, condenándose a la parte demandada, a pagar la cantidad de BOLIVARES CINCO MILLONES TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UNO CON CERO CENTIMOS (Bs. 5.038.581,00) mas lo que resulte por intereses de mora, intereses sobre prestación de antigüedad, indexación e intereses generados de conformidad con el artículo 668 de la Ley Orgánica del Trabajo, que será calculada mediante experticia complementaria del fallo, una vez quede firme la presente sentencia.