Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCION INTENTADA, condenándose a las codemandadas, a pagar la cantidad de BOLIVARES SEIS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL CUATROCIENTOS DIECISEIS CON SEIS CENTIMOS (Bs. 6.540.416,6) más lo que resulte por indexación monetaria, que será calculada mediante experticia complementaria del fallo, una vez quede firme la presente sentencia