este TRIBUNAL SEGÚNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera el PROCEDIMIENTO DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCESO. Se encuentran presentes la representación judicial de la parte demandada abogado JOSE ARTURO LOPEZ debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 94.909 cuya representación consta a los autos y la Procuradora especial de Trabajadores RABELL CEBALLOS debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 86.021 quien carece de instrumento poder para actuar en la presente causa.
Publíquese y Regístrese la presente decisión.-.
La Juez
Abg AMARILIS MIESES
Abg. GLADYS MIJARES LUY
El Secretario,
YOLANDA BELIZARIO
En éste misma fecha se cumplió con lo ordenado