PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 12 de Noviembre del 2012
202º y 153º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA


EXPEDIENTE: GP02-L-2012-001212
PARTE ACTORA: DIONELA MILAGROS BASTIDAS
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE ACTORA :
PARTE DEMANDADA: CENTRO DE EDUCACION INICIAL LOS MEDANOS DE CORO C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE ARTURO LOPEZ
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO


En el día hábil de hoy 12 de noviembre del 2012 siendo las 09:00 A.M. hora y fecha fijada para llevar a cabo la Audiencia Preliminar en prolongación, este Juzgado deja constancia, que siendo las 09:15 minutos luego de segundo llamado LA INCOMPARECENCIA DEL ACCIONANTE DE AUTOS ciudadana DIONELA MILAGROS BASTIDAS titular de la cédula de identidad No. 17.891.739 por si ni por medio de Apoderado Judicial alguno, y siendo la parte actora la que impulsa el presente proceso, es por lo que de conformidad con el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este TRIBUNAL SEGÚNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera el PROCEDIMIENTO DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCESO. Se encuentran presentes la representación judicial de la parte demandada abogado JOSE ARTURO LOPEZ debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 94.909 cuya representación consta a los autos y la Procuradora especial de Trabajadores RABELL CEBALLOS debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 86.021 quien carece de instrumento poder para actuar en la presente causa.


Publíquese y Regístrese la presente decisión.-.

La Juez
Abg AMARILIS MIESES
Abg. GLADYS MIJARES LUY


El Secretario,

YOLANDA BELIZARIO

En éste misma fecha se cumplió con lo ordenado