éste TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley, FIJA DEFINITIVAMENTE LA ESTIMACIÓN del monto condenado, en la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL TREINTA Y UN BOLIVARES CON NOVENTA Y CINCO CENTIMOS ( Bs. F. 150.031,95 ) monto que se corresponde con lo establecido en el DICTAMEN PERICIAL antes mencionado, todo de conformidad con el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese y Regístrese la presente decisión.
LA JUEZ
GLADYS CLARET MIJARES LUY
LA SECRETARIA
Abg. Anneris Norman Leon
GP02-L-2005-001295