este TRIBUNAL SEGÚNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera el PROCEDIMIENTO DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCESO. Publiquese y Registrese la presente decisión.
Se deja expresa constancia de la comparecencia de la parte demandada en la persona de su apoderada CLAUDIA GUANIPA I.P.S:A. No. 80.031 según consta de poder autenticado en la Notaría Pública 4ta de Maracay en fecha 18/10/2004 No. 61, Tomo 93 el cual consigna previa certificación.
La Juez
Abg. GLADYS MIJARES LUY
El Secretario
. Abg. AMARYLIS MIESES MIESES
Apoderado Judicial de la Parte Demandada