REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 28 de mayo de 2008
197º y 148º
AUTO
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2008-001740
DEMANDANTE RUBEN DARIO ACOSTA.
APODERADOS DEL DEMANDANTE: FABRICIANA NARVAEZ
PARTE DEMANDADA COMBLOCK C.A...
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: .
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
Visto el escrito presentado por la parte DEMANDANTE y la parte DEMANDADA quienes manifiestan haber llegado a un acuerdo , en el supra escrito, el Tribunal observa que él mismo no cumple con los extremos del contrato de transacción laboral establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y 11 de su respectivo reglamento; pero si se desprende que las partes han llegado a un acuerdo, mediante el cual la demandada. COMBLOCK C.A... Representada por el ciudadano o DAVID LUGO titular de la cédula de identidad NO. 15.828.537 en su carácter de Representante Legal de la accionada canceló al demandante la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES FUERTES ( Bs. F 800,00) en la forma de pago detallada y convenida en el escrito Up Supra de fecha 27/01/2009 presentado por ante la U.R.D.D. lo cual fue aceptado por la parte actora y su abogado asistente, constituyendo el mismo un ACUERDO en virtud de lo cual, ÉSTE TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN en el Estado Carabobo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley lo HOMOLOGA EN ÉSTOS TÉRMINOS ADQUIRIENDO EL MISMO CARÁCTER DE COSA JUZGADA FORMAL CONFORME A LOS ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 57 DE LA LEY ORGÁNICA PROCESAL DEL TRABAJO Y ASÍ SE DECLARA.
La Juez.,
Abg. GLADYS MIJARES LUY
La Secretaria
Abg. . Amarilis Mieses Mieses
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