"...I) En atención a la supuesta diferencia que reclama en el pago de las UTILIDADES, debe señalar con claridad: 1) La cantidad de días que debió cancelarle la empresa demandada por cada periodo de utilidades, 2) Los salarios con los cuales debió cancelar cada uno de esos periodos, así como la operación aritmética que dio como resultado cada uno estos salarios, y 3) El total que debió haber sido cancelado por cada periodo reclamado....", a lo cual no se dio cumplimiento en el escrito de subsanación, por cuanto nada se señala sobre dicho punto.
En virtud de lo antes expuesto es por lo que quien aquí decide considera que en el presente caso, el escrito de subsanación presentado por lo demandantes no cumple con los extremos previstos en el artículo 123 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dada la omisión de los demandantes en aportar de forma expresa las exigencias señaladas y por ende es procedente en derecho el declarar su inadmisibilidad. Se le informa a la parte actora.....