Hoy, 21 DE FEBRERO DE 2008, SIENDO LAS 11:00 AM., día y hora fijado para que tenga lugar la INICIO DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, se deja expresa constancia, DE LA INCOMPARECENCIA de la parte actora: JOSÉ CLEMENTE MARQUEZ GARCÍA, titular de la Cédula de Identidad Nro.13.756.225, ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno. Por lo que de conformidad, con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, "CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO". Se deja constancia igualmente de la presencia de la parte demandada NESTLE VENEZUELA, S.A., mediante su apoderado judicial Abogado, FRANCISCO GUERRERO inscrito en el Inpreabogado bajo el número 96.863, según consta de instrumento poder autenticado por ante la Notaria Publica Undécima del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 12-04-07, bajo.....