REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 21 de febrero de 2008
197º y 148º

ACTA
DESISTIMIENTO POR INCOMPARECENCIA DEL TRABAJADOR

N° DE EXPEDIENTE: GP02-S-2007-000994.
PARTE ACTORA: JOSÉ CLEMENTE MARQUEZ GARCÍA (No compareció).
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: (No compareció).
PARTE DEMANDADA: NESTLE VENEZUELA, S.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: FRANCISCO GUERRERO.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.

Hoy, 21 DE FEBRERO DE 2008, SIENDO LAS 11:00 AM., día y hora fijado para que tenga lugar la INICIO DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, se deja expresa constancia, DE LA INCOMPARECENCIA de la parte actora: JOSÉ CLEMENTE MARQUEZ GARCÍA, titular de la Cédula de Identidad Nro.13.756.225, ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno. Por lo que de conformidad, con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, “CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO”. Se deja constancia igualmente de la presencia de la parte demandada NESTLE VENEZUELA, S.A., mediante su apoderado judicial Abogado, FRANCISCO GUERRERO inscrito en el Inpreabogado bajo el número 96.863, según consta de instrumento poder autenticado por ante la Notaria Publica Undécima del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 12-04-07, bajo el No.39, Tomo.82., el cual presente para su vista y devolución, dejando copia simple en su lugar. Es todo.
Publíquese y Regístrese, la Presente decisión. 197 ° y 148 °
EL JUEZ
ABG. WILFREDO GONZÁLEZ SOSA
El Apoderado Judicial de la parte Demandada


EL SECRETARIO
ABG. ___________________.