Hoy, 06 DE FEBRERO DE 2006, siendo la oportunidad fijada para dictar sentencia en la presente causa según acta de fecha 30 de Enero de 2006 (folio 29), y vista la comparecencia a la Audiencia Preliminar en igual fecha, de la parte actora ciudadano NICOLÁS ALDANA, titular de la cédula de identidad Nro.4.827.616, su apoderado judicial Abogado FRANKLIN ORAMAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.67.809, y en el cual este despacho dejo constancia DE LA NO COMPARECENCIA A LA AUDIENCIA de la parte demandada SOLÍS RAMIREZ, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pasa a dictar el Dispositivo del Fallo, y en consecuencia, es por lo que este Tribunal, declara que una vez revisada la petición de EL DEMANDANTE, y encontrándola que no es contraria a derecho, presume la Admisión de los Hechos alegados, y en tal sentido: este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Medi.....