Conforme a la competencia atribuida en el numeral 1 del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal OTORGA al penado BAUDILIO ANTONIO GUEDEZ, venezolano, natural de Guanare Estado Portuguesa, nacido en fecha 22-12-1952, de estado civil casado, de profesión u oficio obrero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.239.991, residenciado en la Avenida 12 final, calle 24, casa N° 23-39, Independencia Estado Yaracuy, actualmente recluido en el Internado Judicial de Yaracuy; la medida de CONFINAMIENTO.