Se dicta auto motivado , mediante el cual se acuerda: PRIMERO: DECRETA la EXTINCIÓN DE LA PENA impuesta al ciudadano HECTOR JOSÉ HERNÁNDEZ GALLARDO, conforme el único aparte del artículo 103 del Código Penal, en relación con el numeral 1 del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal,SEGUNDO: Se ordena oficiar con carácter de urgencia a la Dirección del Internado Judicial Carabobo, a fin de que previa revisión de los Libros de Control y Registro llevados por la antigua Máxima de Carabobo, se informe a este Tribunal la fecha y forma de egreso del penado WILMER A. SANCHEZ RIVAS.