DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la solicitud interpuesta por la Abogada, MARILU MELENDEZ OCHOA, defensora de HECTOR JAVIER FLORES LAGUNA, y ordena notificar a las partes del contenido del presente auto. Cúmplase.