DECISION
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECRETA, Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad contra el imputado JOSE ANGEL LUGO HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 17.025.114, en virtud de que estamos en presencia de la presunta comisión de varios hechos punibles que merecen, pena privativa de libertad sin estar evidentemente prescrito, como lo son, los delitos de:, (Calificación Provisional); todo de conformidad con los Artículos 250 y 251 numerales 2 y 3 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: No se decreta la aprehensión en flagrancia en relación al Delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el articulo 405 e.....