DECISION
Por las anteriores consideraciones este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD para los ciudadanos MANYOMA HINESTROSA JAIR y JOSE LEONCIO MORENO RIASEOS, titular de las Cédulas de Identidad N° E-83.224.086 y 22.224.892 respectivamente, de conformidad con lo previsto en el artículo 256 numeral numerales 3, 6 y 8 del Código Orgánico Procesal Penal, esto es, Presentación cada Diez (10) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de esta Extensión Judicial Penal, por un periodo de seis (6) meses o por ante el Tribunal las veces que sean requeridos; Prohibición expresa de acercarse a la víctima ciudadano RUBEN ARGENIS APIZ PADRON, y a su cónyuge ciudadana HAYDEE MILAGROS SALAS,.....