DECISION
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ACUERDA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, a favor de la imputada VICTORIA JOSEFINA SEQUERA HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.107.382, conforme a lo establecido en el artículo 256 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, esto es, Presentación periódica por ante la Oficina del Alguacilazgo de esta Extensión Judicial Penal cada Veinte (20) días por un lapso de 6 meses o por ante el Tribunal las veces que sea requerida; Quedando la referida imputada notificada o impuesta de esta medida cautelar sustitutivas de libertad.
SEGUNDO: Se decreta la aprehensión en Flagrancia y se autoriza a la fiscal .....