PRIMERO: Homologa el Desistimiento de la presente acción de amparo constitucional. SEGUNDO: Declara desistida la acción de amparo constitucional, presentada por la abogada Maryselle Gutiérrez, en su carácter de Defensora Publica Tercera adscrita a la Defensa Publica Penal del estado Carabobo, en representación de los ciudadanos ENRIQUEZ HERNANDEZ JUAN CARLOS Y LIZCANO FONSECA KENEDY JHONAIFRE, contra el Tribunal Décimo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, en el presente asunto GP01-P-2011-000006 (Asunto principal N° GP01-P-2008-0012240); de conformidad con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.