Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Fiscal Décima Segunda del Ministerio Público abogada DELIA PACHECO ORTEGA, en la causa seguida al acusado JOSE RAMON QUIJADA GONZALEZ, contra la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 7 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 15 de Junio de 2005, mediante la cual ABSOLVIO al acusado JOSE RAMON QUIJADA GONZALEZ. En consecuencia se ANULA la sentencia dictada y se ordena la celebración de un nuevo juicio Oral y Público por un juez distinto al que dicto el fallo anulado, de conformidad con lo establecido en el artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal.