Por todos los razonamientos expuestos, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones Penal y de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada ANA EDILIA ROMERO CORONEL defensora pública penal, y defensora del ciudadano HECTOR YOVANNY SEQUERA, contra la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 01 de este Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, en fecha 10 de Diciembre de 2012 mediante la cual declaro sin lugar la aplicación del principio de proporcionalidad y acordó mantener la medida judicial preventiva de libertad, solicitado por la defensa antes mencionada.